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ACCIDENTES DE TRÁFICO. ASPECTOS LEGALES Y CONSECUENCIAS JURÍDICAS

Publicado por Nicolás García Masero martes, 16 de marzo de 2010 1 comentarios


Lo primero que hay que hacer cuando sufrimos un accidente de tráfico es, por encima de cualquier otra cosa, permanecer tranquilos y comprobar cómo se encuentra el resto de involucrados en el accidente. Acto seguido hay que señalizar el lugar del accidente y, si es de una cierta importancia, pedir asistencia policial.

A continuación rellenaremos el correspondiente parte amistoso de accidentes, sin discutir, incluyendo todos los datos de los vehículos y personas implicadas en el accidente.

También es conveniente tomar nota de los testigos presenciales ya que esto puede ser tremendamente importante en caso de tener que declarar ante un tribunal.

Acto seguido acudiremos a un Hospital para que determinen el alcance de las lesiones ya que es posible que en un primer momento creamos no tener nada pero después éstas se agraven con el tiempo. Evidentemente conservaremos todos los informes médicos relacionados con el siniestro, pues esos informes acreditarán las lesiones ante la compañía aseguradora y los tribunales.

Lo explicado hasta ahora ya fue ampliamente comentado en un post anterior , por lo que no me extenderé más en esto y pasaré a explicar las posibles consecuencias derivadas de un accidente con lesiones.

Hablemos de los plazos:

Tenemos 7 días, desde la fecha del accidente, para informar del siniestro a la compañía de seguros.

Tenemos 6 meses para interponer la correspondiente denuncia penal, ya sea ante la Policía o ante el Juzgado de la población en la que ocurrió el accidente. Como norma general, el procedimiento penal es el más rápido y efectivo de cara a obtener la oportuna indemnización.

Tenemos 1 año para acudir a la vía civil, por si decide no optar por la vía penal o, utilizada ésta, el asunto se ha archivado. En ese caso interpondremos la oportuna demanda ante la jurisdicción civil y en reclamación de daños y perjuicios.

Es importante mencionar que una vez transcurridos estos plazos ya no se podrá reclamar nada derivado del accidente, sin embargo si después de ser indemnizados por un accidente aparecieran nuevas secuelas relacionadas con el mismo, dispondremos de nuevo de un plazo de 1 años para reclamar por las nuevas secuelas.

Ahora pongamos por caso que decidimos iniciar acciones judiciales ¿quién deberá hacerse cargo de los gastos del abogado? Pues en caso que hubiéramos suscrito en nuestro seguro la cobertura de defensa jurídica, que casi todas las pólizas lo incluyen, será nuestra compañía de seguros quien deberá correr con estos gastos, remarcando que el abogado lo elegimos nosotros y no existe obligación de utilizar los servicios jurídicos de la compañía.

Esta facultad de elección de abogado y procurador deriva directamente del artículo 76 d) de la Ley de Contrato de Seguro, que ampara la protección al asegurado al producirse un siniestro teniendo “derecho a la libre elección de abogado y procurador” repercutiendo posteriormente el coste a la compañía aseguradora, sin que bajo ningún concepto estos profesionales estén sometidos a las directrices de dicha compañía, intentando garantizar así los intereses del asegurado.

Ahora veamos que ocurre cuando hay daños corporales. En estos casos y a diferencia de lo que ocurre con los daños materiales, la ley otorga para este tipo de daños el principio de responsabilidad objetiva o por riesgo, en virtud de la que cualquier víctima de un accidente de tráfico tiene derecho a cobrar del seguro obligatorio una indemnización por las lesiones sufridas, exista o no una eventual infracción de las normas de circulación por parte de la víctima.

Para ir finalizando dejaré un par de pinceladas para el caso que seamos atropellados por un vehículo. En estas situaciones, casi siempre tendremos derecho a recibir una indemnización, ya sea por la posibles secuelas o por los días de baja médica, por parte de la compañía de seguros responsable. Para calcular esta indemnización existen unos baremos para el cálculo de dichas indemnizaciones. Si estás interesado en consultarlos y conocer los importes de las indemnizaciones haz click en el siguiente enlace: Baremos 2010


Una vez más espero haber podido ayudar a cualquier lector de este artículo en caso de que se encuentre ante la desagradable situación de verse involucrado en un accidente.

Mitos sobre el seguro de automóvil

Publicado por Nicolás García Masero miércoles, 3 de marzo de 2010 3 comentarios


A raíz de varios artículos e informaciones leídas en varios medios de comunicación me he decidido a escribir este post para desmitificar algunos aspectos sobre la contratación en los seguros de coche. Estos falsos mitos, que en mayor o menor medida todos hemos escuchado alguna vez, pueden llevar a condicionarnos en la contratación de nuestra póliza, y es este el motivo por el que quiero verter un poco de luz sobre el tema. Evidentemente no son los únicos bulos que circulan pero quizás sí que son los más comunes, así que haré una pequeña enumeración aunque no por orden de importancia:

Si tu coche tiene un color llamativo tu seguro será más caro.

Esta aseveración deriva de la presunción que las compañías aseguradoras relacionan de forma automática estos colores llamativos, como el rojo o el amarillo, con juventud y conducción agresiva. Pues bien, el factor color no es ninguna de las variables que se manejan a la hora de fijar las primas, sino características técnicas del automóvil o los antecedentes de conducción del tomador de seguro.

La mejor opción siempre es la del seguro a todo riesgo.

Existen conductores que mantienen el seguro del coche a todo riesgo durante un periodo de tiempo bastante largo, sin tener en cuenta que cuando un vehículo tiene ya una determinada antigüedad (que podría ser de entre 3-5 años) esta modalidad de seguro empieza a dejar de tener sentido. Y esto ¿porqué? La razón es bien simple, en caso de que se produzca un siniestro importante, cuya reparación supere el 75% del valor del coche, las compañías tienen como norma general indemnizar al asegurado por el importe del valor del automóvil en ese momento. Por ello, y dando por sentado que la gran mayoría de automóviles van perdiendo valor con el paso del tiempo, nos daremos cuenta que en muchos casos no tiene mucho sentido pagar las primas de un seguro a todo riesgo, que en principio serán siempre más elevadas, en relación con el posible resarcimiento o indemnización. Lo recomendable en estos casos es ir adecuando los niveles de cobertura del seguro a medida que pasan los años, introduciendo una franquicia o incluso cambiando a un seguro a terceros con coberturas de lunas, robo y/o incendio.

Dar un parte de accidente aumenta el precio de la póliza.

Esto no siempre es así ya que puede darse el caso que la prima de seguro se reduzca incluso habiendo dado algún parte. La justificación de esto es que en función de las circunstancias y la gravedad o no del siniestro y el número de partes declarados el nivel de bonificación puede que no se vea afectado.

Si aseguro el coche y la casa con la misma compañía será más barato.

Si bien es cierto que la lógica podría apoyar esta aseveración se ha de decir que tampoco en este caso es cierta. La forma de analizar esta circunstancia ha de ser la siguiente: Las compañías aseguradoras tienen un grado de especialización según el segmento determinado, por ejemplo la compañía Seguros y seguros S.A podría ofrecer el mejor precio para un seguro de un Mercedes Clase E de un conductor con 55 años y sin embargo ser más cara para el seguro de un Renault Clio de un conductor de 25 años o de un seguro de hogar. En estos casos lo mejor es dirigirse a un mediador profesional para que nos pueda asesorar sobre las posibilidades y ofertas que haya en el mercado.

Con estas pequeñas aclaraciones espero haber podido esclarecer algunas falsas creencias que sobre el tema de los seguros de automóviles se han extendido hasta el punto de que la mayoría de gente las da por ciertas.