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¿Y si dejan de pagarme?

Publicado por Nicolás García Masero jueves, 17 de diciembre de 2009 1 comentarios

El otro día me comentaba mi amigo Juan que tiene un piso que querría alquilar. Juan es propietario de un pisito que compró hace unos años con unos ahorrillos que tenía y del que paga una hipoteca de 450 €uros al mes. Vista y comprobada la dificultad que existe hoy en día para poder vender su casa ha decidido ponerla en alquiler ya que al menos “me ayudará a pagar la hipoteca”


Pero aquí es cuando aparece el miedo tanto de mi amigo Juan como del resto de propietarios ante situaciones como el impago de las mensualidades o a que la vivienda sea destrozada por el inquilino. Aunque normalmente el principal recelo es que el propietario es consciente de la dificultad de desalojar a un inquilino que se niega a pagar las rentas.


Para minimizar todos estos riesgos existen fórmulas como los seguros de alquiler que disminuyen el riesgo de los propietarios al garantizar el cobro de los posibles impagos, la protección jurídica que necesite el tomador y el pago de los daños y perjuicios que los arrendatarios pudieran ocasionar en el inmueble.


Las principales coberturas que ofrecen estos seguros son tres:


*La Garantía de Impago: Si un inquilino deja de pagar la renta, la compañía se hará cargo de las rentas vencidas e impagadas. Lo normal es que suela haber franquicias en cuanto a los meses a partir de los cuales la aseguradora empezará a pagarTambién se establecen límites en cuanto a cuotas impagadas y rentas máximas a pagar.


*Defensa Jurídica: Esta cobertura cubre los gastos derivados de conflictos judiciales que se puedan producir por el contrato de alquiler e incluye los honorarios de los abogados, peritos y procuradores, así como los gastos notariales o las costas judiciales. También se suele ofrecer la defensa de responsabilidad penal como arrendador.


*Actos vandálicos al continente: La compañía de seguros paga los desperfectos producidos en el inmueble así como el robo del continente, siempre que todo lo anterior sea imputable al inquilino como consecuencia de actos vandálicos.


Contratar este tipo de seguros no significa olvidarse el seguro multirriesgo del hogar ya que es altamente recomendable tener uno contratado que cubra los daños que puedan ocurrir tanto en el continente, contenido y tesponsabilidad civil.


A la hora de contratar este tipo de seguros, las aseguradoras suelen pedir unas garantías que normalmente son que el arrendatario no podrá tener antecedentes de morosidad y, evidentemente, no se podrá solicitar el seguro cuando ya se haya producido un impago.


En cuanto a los precios, suelen oscilar alrededor del 5% de la renta anual que se percibe por la vivienda o el 60% de una mensualidad, es decir, si el propietario cobra 1.000 €uros al mes por alquilar la vivienda, el precio de este seguro rondaría los 600 €uros al año.

Si eres de la Mutua Madrileña podrás conocer si tienes multas pendientes

Publicado por Nicolás García Masero viernes, 11 de diciembre de 2009 2 comentarios


Esta nueva iniciativa tomada por la Mutua Madrileña, que se podría unir al compromiso de puntualidad por el que se compromete a acudir al lugar del percance en un periodo máximo de una hora desde la solicitud de asistencia y en caso contrario garantiza el pago de 100 euros, consiste en lanzar un servicio de búsqueda online de sanciones de tráfico.

Este servicio, prestado por Autoclub Mutua, rastrea los diferentes Boletines Oficiales de las diferentes provincias y comunidades autónomas. Su objetivo es informar al asegurado tanto de las posibles sanciones publicadas de las que no esté al corriente como de facilitar información sobre las distintas opciones de las que dispone en relación a dicha sanción.

Los beneficiados de esta iniciativa serán los asegurados de auto, independientemente de la modalidad (Todo Riesgo o terceros) que tendrán que acceder a la página web de autoclubmutua y, desde aquí, acceder a la opción “gestión de multas” donde el mutualista asegurado podrá comprobar aspectos como el importe en euros de la sanción, tipo de infracción, si conlleva pérdida de puntos, etc.

Asimismo y además de la facilidad a la hora de recibir la información, el mutualista podrá pedir que Autoclub Mutua le tramite el recurso necesario ante el organismo o administración competente.

Sin valorar la iniciativa tomada por la mutua, seria interesante apuntar que hay páginas, como la de la Dirección General de Tráfico que te informan de los puntos que tienes, si has perdido alguno o de cómo recuperarlos. También hay otras páginas, como Autoplus que facilitándoles unos datos (matricula, dni y apellidos prestan el mismo servicio.

En definitiva, si queremos saber si tenemos multas pendientes hay medios para conseguirlo porque no me negareis que alguna vez no habréis pensado: Ostras ¿Iría demasiado deprisa al pasar por el radar? ¿Me llegaron a poner la multa aquella vez que aparqué en doble fila y que me pareció ver que un bromista me quitaba del limpiaparabrisas? Pues ya sabéis, si sois clientes de la Mutua lo tenéis más fácil y si no lo sois o tomáis caminos alternativos, y averiguáis si tenéis multas por otro lado, o confiáis en vuestra habilidad al volante.

Seguro de Comunidades. Aspectos básicos.

Publicado por Nicolás García Masero domingo, 6 de diciembre de 2009 0 comentarios


Y siguiendo con la intención pedagógica que tiene este blog hoy voy a intentar explicar los aspectos más básicos del seguro de Comunidades, por si alguien que lea este blog está interesado en la contratación de uno de estos seguros y necesita información. Si en posts anteriores analizamos los aspectos básicos del Seguro de Hogar y del Seguro de Automóviles hoy le toca el turno al Seguro de Comunidades. Evidentemente, solo explicaré los puntos generales ya que, de lo contrario, necesitaría demasiado tiempo para explicarlo y vosotros necesitaríais demasiado tiempo para asimilarlo.

En primer lugar, antes de decidirse por cualquier seguro multiriesgo comunidad seria conveniente, por no decir obligatorio, realizar una valoración del edificio y elegir de forma adecuada las garantías que deseamos cubrir. A continuación os sugiero algunas recomendaciones que os podrán ser de utilidad:

  • Asegurar el edificio a "valor de nuevo" (a precio de estreno) para que en caso de siniestro la indemnización permita la reconstrucción del edificio. El valor no debe incluir el terreno, únicamente la construcción. La suma total asegurada no debe ser inferior al valor de construcción del edificio porque si no el edificio está "infraasegurado" y en caso de siniestro la compañía aplicará la regla proporcional y pagará una cantidad inferior a la pactada.

  • Es muy aconsejable pedir una revalorización automática de capitales de forma que las cantidades aseguradas se incrementen cada año.

  • A la hora de elegir el seguro de la comunidad, infórmese con detenimiento de la oferta que le ofrece cada compañía, teniendo en cuenta que:

  1. Se deben analizar las coberturas de cada póliza, viendo las diferencias entre franquicias, limitaciones y exclusiones.
  2. Estudiar de forma muy cuidadosa las coberturas de:


*Responsabilidad Civil: El importe asegurado para esta cobertura debe ser superior a 300.506,05 euros, siendo recomendable que su importe fuese de 601.012,10 euros, y teniendo en cuenta el límite por víctima debe ser como mínimo de 60.101,21 euros.


*Daños por agua: En función de cada compañía aseguradora, esta cobertura puede tener elevadas franquicias y limitaciones relativas a los causantes y a los perjudicados. Normalmente sólo cubren los daños que cause la comunidad a instalaciones comunes o a los copropietarios. Los daños por agua que los edificios colindantes o los copropietarios del mismo edificio ocasionen a las viviendas de los demás copropietarios sólo son cubiertos por las mejores pólizas.

En próximos posts analizaremos las coberturas a tener en cuenta en el edificio, las garantías básicas y las garantías opcionales, pero hoy ya hemos hecho un breve resumen de este tipo de seguros.

DKV crea una web para compartir información de salud

Publicado por Nicolás García Masero viernes, 4 de diciembre de 2009 0 comentarios



En la era digital en la que nos encontramos y en la que poco a poco, sobre todo en nuestro país, vamos entrando hay iniciativas que, aunque no sorprendan, no dejan de ser innovadoras o pioneras. Hoy nos referimos al caso concreto de la web que ha creado DKV seguros y cuya finalidad es compartir información sobre salud.En un primer momento el acceso a esta web estará restringido a los clientes de DKV pero se estima que para el año que viene el acceso será libre y de acceso al público en general. La aseguradora ha planteado esta página web (www.vivesalud.com) como una red social y, a la vez como una herramienta de interactuación con sus clientes, queriéndola convertir “en un referente en salud y prevención”.

Después de sus primeras semanas ya tiene más de mil usuarios, razón por la que se le augura un futuro prometedor y ojalá que sea así ya que, en temas de salud, todo lo que sea prevenir e informar es positivo y beneficioso para la sociedad en general.

Si en un post anterior hice mención de lo beneficioso que podía ser que iniciativas comerciales ayudaran a colectivos específicos (en aquel caso esa de personas con movilidad reducida), en este caso vemos como, una vez más, las nuevas tecnologías pueden reportarnos otras ventajas. Por tanto, desde este blog nunca se escatimará un aplauso para este tipo de acciones.

Liberty ofrece un seguro de auto para personas con movilidad reducida.

Publicado por Nicolás García Masero jueves, 3 de diciembre de 2009 1 comentarios


La evolución de algunas compañías aseguradoras las ha hecho ir especializándose en determinados ramos o colectivos concretos de clientes o, en otros casos, simplemente han sacado productos destinados a dichos colectivos. En el caso que hoy aquí quiero comentar me quiero hacer eco de una iniciativa comercial que ha puesto en el mercado Liberty Seguros que ha lanzado un seguro del automóvil para personas con movilidad reducida.

Este seguro está dirigido a personas con movilidad reducida, con coberturas y servicios diseñados específicamente para este colectivo que cuenta con unos 30.000 clientes potenciales.

Entre las coberturas más destacadas de este seguro podemos mencionar las siguientes:
-En caso de accidente o de inmovilización del vehículo, el traslado directo del asegurado y sus acompañantes a su destino en un vehículo o taxi adaptado.
-Cobertura de la adaptación del vehículo, sin coste adicional, hasta los primeros 4.000 Euros.
-Reposición del equipaje, incluida la silla de ruedas, hasta 500 euros por siniestro.

Pues bien, esta iniciativa es un claro ejemplo que muchas veces se pueden combinar iniciativas comerciales y servicios a gente que las necesita. Por ello, desde aquí felicitar a Liberty por la decisión de lanzar este tipo de seguros.

Los auxiliares externos podrán vender pólizas

Publicado por Nicolás García Masero 0 comentarios


A falta de estudiar el texto del Anteproyecto de la Ley de Economía Sostenible con minuciosidad, las asociaciones Adecose, Asecore, el Consejo General de Colegios de Mediadores y Fecor, están bastante satisfechas con su contenido. Este texto regula que el personal auxiliar de corredurías y agencias pueda vender y comercializar pólizas aunque también marca que los contratos formalizados por auxiliares deberán ser comprobados por mediadores de seguros titulados. Igualmente, el personal administrativo estará sometido al mismo régimen de incompatibilidades que cualquier agente o mediador.

El personal auxiliar tendrá que ser inscrito en un registro específico a cargo del supervisor. Sus datos deberán mantenerse al día, indicándose tanto las altas como las bajas. Asimismo, parece ser que los auxiliares habrán de trabajar en exclusiva para un corredor o una agencia de seguros, ya que este será el responsable de su labor.

El borrador del anteproyecto expecifica que "los mediadores de seguros podrán celebrar contratos mercantiles con auxiliares externos que colaboren con ellos en la distribución de productos (...) y podrán realizar trabajos de captación de clientela". Se atiende así la petición que las principales asociaciones de la mediación remitieron a la Dirección General de Seguros (DGS) a mediados de año.

Hasta aquí todo bien siempre que se utilice según el espíritu de la propia ley. Pero hemos de advertir que esto se podrá utilizar con otro objetivo: El de validar portales informáticos y comparadores. Como comenta Angel del Amo en su blog esto convalidará canales de venta de muchas corredurías a través de estos portales/comparadores/mediadores/asesores/etc./etc. El problema no está en los portales ni en la forma de comercialización sino en que haciéndolo así el perjudicado es el cliente final que, muchas veces, no sabe lo que realmente contrata ya que un comparador le ha dicho que el seguro más barato es el Seguro X. Bien, es el más barato pero ¿Es el que mejor se ajusta a sus necesidades? ¿Conoce el programa informático las necesidades reales del cliente? Y como ésta surgen millones de dudas que nadie me responderá nunca.

Lo único que tengo que decir al respecto es que, como siempre, habrá muchos que utilicen la máxima de “hecha la ley hecha la trampa” para sus fines y con el objetivo de ampliar sus beneficios aunque esa no sea la finalidad de la ley.

Diez €uros tuvieron la culpa

Publicado por Nicolás García Masero martes, 1 de diciembre de 2009 3 comentarios


Como dice el título de este post, diez euros tuvieron la culpa. Quizás os preguntéis ¿la culpa de qué? Pues la culpa de que alguien a quién tú considerabas amigo decida desoír tus consejos y contratar su seguro de hogar de forma telefónica sin saber absolutamente nada de lo que le ofrecen excepto el precio.


Todo esto viene de un amigo que hace no mucho tiempo me llamó para que le diera precio para su seguro de hogar ya que el que tenía en esos momentos consideraba que era caro y que estaba seguro que podría encontrar otro más económico. Fue entonces cuando le expliqué que en el mundo de los seguros está casi todo inventado y que caro o barato, la mayor parte de las veces, va en función de las coberturas y limitaciones que tenga la póliza. Me imagino que todo lo que le expliqué, lo mejor que supe o pude, debió entrarle por un oído y salirle por el otro, porque el otro día volví a encontrarme a mi amigo y al preguntarle al respecto me dijo que lo sentía pero que había encontrado un seguro por Internet que era diez euros más barato que las propuestas que yo le había ofrecido. Lo que no supo decirme era ni las coberturas, ni las garantías, ni las limitaciones, etc, vamos que básicamente lo único que sabía era el precio.


Había intentado hacerle ver que esa mínima diferencia entre el seguro que había encontrado y los que yo le había presentado, era la diferencia entre tener un problema y poder vernos para a cara para asesorarle en lo que sea y tener un problema y hablar con una teleoperadora, entre tener a una persona que podría dar la cara por él ante la compañía aseguradora y tener que enfrentarse directamente a la aseguradora.

Y de todo esto que os he contado y de otras cosas que no: “Diez €uros tuvieron la culpa”