Y siguiendo con la intención pedagógica que tiene este blog hoy voy a intentar explicar los aspectos más básicos del seguro de Comunidades, por si alguien que lea este blog está interesado en la contratación de uno de estos seguros y necesita información. Si en posts anteriores analizamos los aspectos básicos del Seguro de Hogar y del Seguro de Automóviles hoy le toca el turno al Seguro de Comunidades. Evidentemente, solo explicaré los puntos generales ya que, de lo contrario, necesitaría demasiado tiempo para explicarlo y vosotros necesitaríais demasiado tiempo para asimilarlo.
En primer lugar, antes de decidirse por cualquier seguro multiriesgo comunidad seria conveniente, por no decir obligatorio, realizar una valoración del edificio y elegir de forma adecuada las garantías que deseamos cubrir. A continuación os sugiero algunas recomendaciones que os podrán ser de utilidad:
En primer lugar, antes de decidirse por cualquier seguro multiriesgo comunidad seria conveniente, por no decir obligatorio, realizar una valoración del edificio y elegir de forma adecuada las garantías que deseamos cubrir. A continuación os sugiero algunas recomendaciones que os podrán ser de utilidad:
- Asegurar el edificio a "valor de nuevo" (a precio de estreno) para que en caso de siniestro la indemnización permita la reconstrucción del edificio. El valor no debe incluir el terreno, únicamente la construcción. La suma total asegurada no debe ser inferior al valor de construcción del edificio porque si no el edificio está "infraasegurado" y en caso de siniestro la compañía aplicará la regla proporcional y pagará una cantidad inferior a la pactada.
- Es muy aconsejable pedir una revalorización automática de capitales de forma que las cantidades aseguradas se incrementen cada año.
- A la hora de elegir el seguro de la comunidad, infórmese con detenimiento de la oferta que le ofrece cada compañía, teniendo en cuenta que:
- Se deben analizar las coberturas de cada póliza, viendo las diferencias entre franquicias, limitaciones y exclusiones.
- Estudiar de forma muy cuidadosa las coberturas de:
*Responsabilidad Civil: El importe asegurado para esta cobertura debe ser superior a 300.506,05 euros, siendo recomendable que su importe fuese de 601.012,10 euros, y teniendo en cuenta el límite por víctima debe ser como mínimo de 60.101,21 euros.
*Daños por agua: En función de cada compañía aseguradora, esta cobertura puede tener elevadas franquicias y limitaciones relativas a los causantes y a los perjudicados. Normalmente sólo cubren los daños que cause la comunidad a instalaciones comunes o a los copropietarios. Los daños por agua que los edificios colindantes o los copropietarios del mismo edificio ocasionen a las viviendas de los demás copropietarios sólo son cubiertos por las mejores pólizas.
En próximos posts analizaremos las coberturas a tener en cuenta en el edificio, las garantías básicas y las garantías opcionales, pero hoy ya hemos hecho un breve resumen de este tipo de seguros.


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