El objetivo de este post es el de aclarar algunas posibles dudas que podamos tener y que, normalmente, surgen cuando se produce algún siniestro en el que estamos involucrados. Para poder llevar a cabo la explicación creo que lo mejor será que empieze mi artículo explicando que en el momento en que se produce un siniestro en el que tengamos que recurrir a la compañía para que indemnice las consecuencias de éste, habrá que acreditarlo mediante un documento en el que quede reflejado el hecho. Este documento puede ser bien un Parte Europeo de Accidentes o un Atestado.
El Parte Europeo de Accidente es una “declaración amistosa de siniestro” y es un modelo único e idéntico para toda la Unión Europea. Será, con casi total probabilidad, el único documento que acredite lo ocurrido y, por tanto, será sumamente importante rellenarlo bien. Si no se hace así, posteriormente se producirán retrasos, bien por falta de datos, bien por diferentes juicios de valor al interpretar lo ocurrido.
Un parte lo componen cuatro aspectos de suma importancia:
-El primer aspecto es rellenar y acreditar de manera correcta los datos de todas las personas y vehículos implicados en el siniestro.
-El segundo es la descripción del siniestro en los tres apartados habilitados a tal efecto: En los laterales aparecen los vehículos donde se especificarán los daños producidos, en la parte central se hará un croquis del accidente y en el apartado de observaciones se expondrá aquello que cada parte involucrada en el accidente considere oportuno.
-El tercer aspecto es que hay que firmar el parte por todas las personas involucradas. En caso de no firmarse, el parte no tiene validez alguna. En caso que la parte contraria no quisiera firmar habría que llamar a la policía de manera inmediata. Si, además de no querer firmar, intentara darse a la fuga es importante, además de llamar a la policía, anotar la matrícula del vehículo fugado.
-Por último, el cuarto aspecto fundamental, es entregar el parte a la compañía de seguros directamente o a través de un agente. Esto se tendrá que hacer, como máximo, en los 7 días siguientes a que se produzca el siniestro.
En cuanto al atestado se ha de decir que surte los mismos efectos que el parte pero con una mayor capacidad probatoria ya que lo rellena la Autoridad. Ésta solicitará de las partes implicadas los datos necesarios y hace una transcripción de los hechos. Además pueden incorporar posibles pruebas que consideren de interés. Desde un punto de vista legal, el atestado es mucho más fiable que un parte.
Siempre será mejor que se haga un atestado, ya que lo hará un profesional, lo firma también la autoridad y, por tanto, implica mayor seguridad. El único inconveniente que presenta el atestado frente al parte es que la compañía de seguros tendrá el parte al día siguiente del siniestro, y el atestado tiene que solicitarlo a la autoridad que lo hizo, y esto puede producir un retraso.
Otro aspecto importante en este tema son los testigos. En ocasiones, éstos son tan o más importantes que el parte o atestado, ya que han sido testigos del siniestro y pueden explicar los hechos acaecidos. Por ello, si usted tiene un siniestro y existen testigos, pídales sus datos (nombre y DNI), ya que en caso de posteriores problemas en la resolución del siniestro, su declaración puede ser fundamental.
Espero haber podido arrojar un poquito de luz sobre este tema, ya que cuando nos ocurre un siniestro todo son dudas, preguntas y nerviosismo, y si lo tenemos medianamente claro, todo es mucho más fácil.
El Parte Europeo de Accidente es una “declaración amistosa de siniestro” y es un modelo único e idéntico para toda la Unión Europea. Será, con casi total probabilidad, el único documento que acredite lo ocurrido y, por tanto, será sumamente importante rellenarlo bien. Si no se hace así, posteriormente se producirán retrasos, bien por falta de datos, bien por diferentes juicios de valor al interpretar lo ocurrido.
Un parte lo componen cuatro aspectos de suma importancia:
-El primer aspecto es rellenar y acreditar de manera correcta los datos de todas las personas y vehículos implicados en el siniestro.
-El segundo es la descripción del siniestro en los tres apartados habilitados a tal efecto: En los laterales aparecen los vehículos donde se especificarán los daños producidos, en la parte central se hará un croquis del accidente y en el apartado de observaciones se expondrá aquello que cada parte involucrada en el accidente considere oportuno.
-El tercer aspecto es que hay que firmar el parte por todas las personas involucradas. En caso de no firmarse, el parte no tiene validez alguna. En caso que la parte contraria no quisiera firmar habría que llamar a la policía de manera inmediata. Si, además de no querer firmar, intentara darse a la fuga es importante, además de llamar a la policía, anotar la matrícula del vehículo fugado.
-Por último, el cuarto aspecto fundamental, es entregar el parte a la compañía de seguros directamente o a través de un agente. Esto se tendrá que hacer, como máximo, en los 7 días siguientes a que se produzca el siniestro.
En cuanto al atestado se ha de decir que surte los mismos efectos que el parte pero con una mayor capacidad probatoria ya que lo rellena la Autoridad. Ésta solicitará de las partes implicadas los datos necesarios y hace una transcripción de los hechos. Además pueden incorporar posibles pruebas que consideren de interés. Desde un punto de vista legal, el atestado es mucho más fiable que un parte.
Siempre será mejor que se haga un atestado, ya que lo hará un profesional, lo firma también la autoridad y, por tanto, implica mayor seguridad. El único inconveniente que presenta el atestado frente al parte es que la compañía de seguros tendrá el parte al día siguiente del siniestro, y el atestado tiene que solicitarlo a la autoridad que lo hizo, y esto puede producir un retraso.
Otro aspecto importante en este tema son los testigos. En ocasiones, éstos son tan o más importantes que el parte o atestado, ya que han sido testigos del siniestro y pueden explicar los hechos acaecidos. Por ello, si usted tiene un siniestro y existen testigos, pídales sus datos (nombre y DNI), ya que en caso de posteriores problemas en la resolución del siniestro, su declaración puede ser fundamental.
Espero haber podido arrojar un poquito de luz sobre este tema, ya que cuando nos ocurre un siniestro todo son dudas, preguntas y nerviosismo, y si lo tenemos medianamente claro, todo es mucho más fácil.


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